Los delitos informáticos son el conjunto de conductas antijurídicas llevadas a cabo a través de un medio digital o de internet. Todas ellas están tipificadas en los Capítulo I del Título X del Código Penal (artículos 197 a 201) y los bienes jurídicos protegidos varían según el delito específico, si bien, los más comunes son la intimidad, la privacidad y el patrimonio.
La identificación del delito informático se produce cuando se detectan conductas anómalas o contrarias a la Ley dentro del entorno digital o informático. Suelen ser conductas difíciles de identificar y es habitual que se sigan estrategias para ocultar o eliminar cualquier prueba sobre los hechos delictivos.
¿EN QUE PODEMOS AYUDARTE?
- Phishing bancario (correos electrónicos fraudulentos que engañan a los receptores para que compartan su información personal)
- Smishing bancario (los estafadores intentan adquirir información personal, financiera o de seguridad por mensaje de texto)
- Vishing (a través de una llamada los estafadores suplantan la identidad de una empresa o persona de confianza para obtener información personal y sensible de la víctima)
- Sexting (envio de imágenes o texto con contenido sexual de menores o de mayores de edad que no lo hayan autorizado)
- Stalking (vigilar, acosar y perseguir a una persona por medios informáticos, llegando a condicionar el desarrollo normal de su vida)
- Estafas amorosas (se suelen llevar a cabo en sitios web de citas online, redes sociales y correo electrónico)
- Robo de datos personales en redes sociales (la finalidad de los estafadores es obtener préstamos en tu nombre, realizar compras, etc.)
- Sitios web de compras falsos (suelen contener ofertas demasiado buenas)
- Sitios web bancarios falsos (solicitan que divulgues tu información financiera y personal)
- Hacerse pasar por un cliente o proveedor de una empresa
- Fraude del CEO (engaño a un empleado autorizado a realizar pagos para que abone una factura falsa o realice transferencias no autorizadas desde la cuenta de la empresa)
- Plagio de software (tenencia y distribución de programas informáticos con derechos de autor)
- Propagación de virus informáticos (utilización de virus con objetivos maliciosos)
- Revelación y descubrimiento de secretos (acceso a los sistemas informáticos de otra persona, interceptación de comunicaciones y difusión de datos)
- Sabotaje de sistemas informáticos (alterar, deteriorar o hacer inaccesibles documentos informáticos ajenos sin autorización)
- Sabotaje informático de destrucción de datos (destrucción o eliminación de datos ajenos sin autorización)
- Etc.
Nuestros abogados especialistas ciberestafas y delitos informáticos escucharán tus necesidades, te aconsejarán y si lo deseas te acompañarán hasta la finalización del proceso.